Reforma al Buró de Crédito
La reforma no está aprobada, y mientras no se publique en el Diario Oficial de la Federación, los plazos que aplican son los de siempre. Esta página lleva la cuenta de en qué va, porque el tema genera titulares cada pocas semanas y casi ninguno aclara que todavía no cambió nada.
Si estás calculando cuándo se borra una deuda, usa las reglas vigentes. Nuestra calculadora trabaja con la norma en vigor, no con la propuesta. El día que cambie, la actualizamos.
En qué va
| Cuándo | Qué pasó |
|---|---|
| Abril de 2026 | La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados dictamina una reforma a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. |
| Fines de abril de 2026 | Se pospone la votación. La discusión no llega al pleno. |
| De mayo en adelante | El tema sigue en prensa y en congresos estatales, pero sin avanzar en el Congreso federal. |
| 20 de agosto de 2026 | Revisión: sigue sin votarse en el pleno. La Circular 27/2008 del Banco de México tampoco se modificó: la última publicada sigue siendo la Circular 13/2022. |
| Hoy | Sin aprobar. Aplican las reglas vigentes. |
Qué propone cambiar
- Reconocer el derecho al olvido financiero como principio expreso de la ley.
- Bajar el plazo general de seis años a tres. Es el cambio con más impacto práctico: afectaría a los adeudos de más de 1,000 UDIS, que hoy permanecen 72 meses.
- Un máximo de tres días para que el otorgante notifique a la sociedad que una deuda fue pagada.
- Facultades para Profeco sobre las empresas comerciales que dan crédito al consumo.
Y hay una segunda reforma, menos comentada
Aparte de la ley, el Banco de México tiene en consulta pública un proyecto que reescribe la Circular 27/2008, que es la que fija los tramos de UDIS y los plazos cortos. Tampoco está vigente, y cambia cosas de fondo:
| Tema | Vigente hoy | Proyecto |
|---|---|---|
| Fecha con la que se convierte el saldo a UDIS | Primer día hábil del año del borrado | Primer día hábil del mes del primer incumplimiento |
| Créditos liquidados | Sin regla propia | Regla nueva con plazos más cortos |
| Pago parcial en adeudos chicos | 72 meses | 48 meses |
Lo mencionamos porque explica por qué circulan tantas versiones distintas de "las reglas del buró": algunas guías están describiendo el proyecto como si fuera lo vigente. El detalle de cada regla, con su fuente, está en fuentes y metodología.
Qué significa para ti hoy
Nada todavía. Una reforma cambia las reglas cuando se publica en el Diario Oficial de la Federación, no cuando se dictamina ni cuando sale en las noticias.
Lo que sí conviene: si tienes un registro de más de 1,000 UDIS con seis años de plazo, es el caso que más se beneficiaría si la reforma sale. Vale la pena tener calculada tu fecha actual para saber cuánto cambiaría. Calcúlala aquí.
Cómo mantenemos esto al día
Esta página se revisa cada mes. Si la reforma se aprueba, se actualiza el mismo día, y también se actualizan la calculadora y todas las páginas que citan plazos: el motor tiene los plazos parametrizados justamente para eso.
Preguntas frecuentes
¿Se aprobó la reforma al Buró de Crédito?
Todavía no. La reforma a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia fue dictaminada en comisiones en abril de 2026, pero su votación se pospuso y al cierre de esta revisión no ha llegado al pleno.
¿El plazo del Buró de Crédito baja de 6 años a 3?
Es lo que propone la reforma, pero mientras no se apruebe y se publique, los plazos vigentes siguen siendo los de siempre: de 12 a 72 meses según el monto.
¿Qué es el derecho al olvido financiero?
Es el principio de que la información negativa no debe acompañarte para siempre. En México ya existe en los hechos, porque los registros se eliminan por plazo; la reforma propone reconocerlo de forma expresa en la ley.
¿Qué cambia para mí hoy?
Nada. Hasta que una reforma se publique en el Diario Oficial de la Federación, las reglas aplicables son las vigentes. Cualquier cálculo de plazos debe hacerse con esas.
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